Cambio Climático
El Algarrobico, un símbolo de la especulación urbanística
El Tribunal Supremo ha declarado área no urbanizable la zona en la que se ubica El Algarrobico. Tras más de diez años de batallas legales, el hotel está condenado a desaparecer.
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El Algarrobico, icono de los excesos del ladrillo que salpican el litoral español, está condenado a desaparecer tras más de diez años de batallas legales. El Tribunal Supremo (TS) ha estimado los recursos de Greenpeace España y de la Junta de Andalucía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre el hotel de Azata ubicado en Carboneras (Almería), y ha declarado que la zona en la que se ubica es un área ambientalmente protegida y no urbanizable.
La promotora Azata del Sol comenzó a construir El Algarrobico en mayo de 2003 sobre un suelo, dentro del Parque Natural del Cabo de Gata-Níjar, recalificado como urbanizable por el Ayuntamiento de Carboneras (entonces PSOE) y con el empeño de la Junta de Andalucía (PSOE) y el ministerio de Medio Ambiente (entonces PP). Azata del Sol tenía todos los papeles en regla (la licencia había sido obtenida en 1988, cuando El Algarrobico aún no estaba catalogado como parque natural) y apoyo político para el proyecto, que incluía varios hoteles y un complejo turístico a gran escala, aunque Greenpeace estaba en lo cierto cuando aseguraba que la compañía sabía perfectamente que la ley acabaría por volvérseles en contra: el proyecto incumplía claramente la Ley de Costas y la de Patrimonio Natural.
La decisión se ha tomado tras dos semanas de deliberación en el órgano del Alto Tribunal después de que el TSJA hubiera emitido dos sentencias contradictorias al respecto, de forma que con este fallo se anula el segundo pronunciamiento que rebajaba la zona de protección en la que se asienta este hotel de 411 habitaciones, 20 plantas y 65.000 metros de hormigón.
El tribunal ha señalado que la zonificación correcta según el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar (PORN) para el paraje en el que se levantó el hotel es la correspondiente a la ‘C1’, es decir, la de área ambientalmente protegida, tal y como había señalado la Sección Primera del TSJA en junio de 2012, y rechaza incluir el espacio en zonificación ‘D2’, que es la designada para las áreas urbanizables carentes de interés ambiental protegido.
En 2012, la Sección Primera del Alto Tribunal andaluz concluyó que el paraje ST-1 en el que se enmarca El Algarrobico se localiza en zona ‘C1’ o de interés general y, por tanto, no urbanizable de acuerdo a la normativa ambiental de 1994, derogada en 2008, que regía el parque natural de Cabo de Gata-Níjar cuando se construyó el hotel.
A raíz de este pronunciamiento, la Junta de Andalucía publicó a través del BOJA la modificación que devolvía la protección del suelo a los parámetros de 1994, de forma que si bien la normativa ambiental se cambió en este sentido, permanece vigente.
El fallo fundamenta así que «no puede seguir sosteniéndose que la zonificación de 2008 se funda en la preexistente en 1994», ya que, según las conclusiones a las que llega el tribunal, «tal zonificación era ‘C1’, conclusión que justificaría aplicar, por el contrario, el denominado principio de «no regresión»». Así, el Alto Tribunal destaca que la existencia de valores naturales en la zona «no ha sido rebatida ni desvirtuada» a través de la segunda sentencia del TSJA y sostiene que la existencia de valores de especial protección en los terrenos viene avalada por el hecho de que la Administración los incluyera de forma «plenamente consciente» en la normativa ambiental.
Desde Greenpeace, entidad que junto con la Junta de Andalucía presentó el recurso al que el TS ha dado la razón, su portavoz de Campañas de Costas, Pilar Marcos, ha expresado la satisfacción de la ONG por el fallo que les da la razón «tras once años de lucha para hacer ver que ese suelo no era urbanizable y que vulnera la Ley de Costas. Por fin se han puesto de acuerdo en su demolición». «Ahora -ha manifestado Marcos en declaraciones a EFE- tendrán que hablar entre la presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, y el presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy, para llegar a un acuerdo que haga posible la demolición definitiva del Hotel Algarrobico».
Por otro lado, el Supremo respalda la validez del derecho de retracto que la Junta ejerció en 2006 sobre las fincas del Algarrobico por 2,3 millones de euros y desestima así los dos recursos interpuestos por la promotora contra sendas resoluciones del TSJA, aunque cabe recordar que ya hay un pronunciamiento en firme en este sentido y que la Junta ha intentado ejecutar en, al menos, dos ocasiones.
Pero el futuro del hotel de El Algarrobico no se dirime únicamente en el Tribunal Supremo, que en estos últimos pronunciamientos ha declinado entrar en exigencia de responsabilidad patrimonial por cuanto las mismas penden ante la Salas de lo Contencioso de la Audiencia Nacional y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En concreto, la Audiencia Nacional tramita en un único procedimiento las tres demandas por responsabilidad patrimonial elevadas por Azata del Sol contra el Estado, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento. Reclama una indemnización de 70 millones de euros para resarcir los «daños y perjuicios» derivados de lo que considera un «anormal funcionamiento» de la administración.
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