Derechos Humanos

Atrapados por las rejas

Un hombre es detenido en Madrid durante un control de identidad y conducido a un centro de detención. Allí, según la denuncia de este ciudadano marroquí, le golpearon y le dedicaron insultos racistas.

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16
marzo
2015

Un hombre es detenido en Madrid durante un control de identidad y conducido a un centro de detención. Allí, según la denuncia de este ciudadano marroquí, cinco agentes de policía le golpearon varias veces y le dedicaron insultos racistas. Los médicos del centro constataron múltiples hematomas  y se recomendó un traslado al hospital que nunca se produjo. Tampoco se elaboró un informe médico.

Por esos sucesos, el grupo de trabajo de la ONU sobre Detención Arbitraria concluyó en 2013 que España era responsable de detención arbitraria, discriminación y malos tratos. El hombre se llamaba Adnam el Hadj, y el lugar donde habían ocurrido los hechos era un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE).

Actualmente, en España hay ocho CIE, dependientes del Ministerio del Interior. Allí se retiene a las personas extranjeras que se encuentran en situación irregular, como paso previo a su expulsión. El plazo máximo de internamiento en estos centros es de 60 días. Si cumplido ese tiempo, no se ha procedido a la repatriación, la persona debe ser puesta en libertad.

Según el informe Atrapados por las rejas de la institución Pueblos Unidos de 2012,  cerca de 1.000 personas extranjeras ingresan en los CIE cada mes, de las cuales poco más de la mitad son finalmente expulsadas.

Amnistía Internacional reconoce el derecho de los Estados a controlar su inmigración. Pero éste no supone un poder absoluto y debe realizarse respetando las obligaciones jurídicas internacionales. El internamiento en estos centros debe ser una medida de último recurso y sólo se debe optar por él después de que se haya revisado el caso individualmente. En este sentido, la detención de personas inmigrantes en situación irregular sólo sería legítima cuando se hayan agotado medidas alternativas al internamiento, como la obligación de presentarse ante las autoridades, la restricción en determinadas parte del país, la retención de la documentación o la imposición de una fianza.

En otras palabras, las detenciones y los ingresos en los CIE deberían ser una medida excepcional, y no la norma, como muchas veces ocurre actualmente. Y debería evitarse siempre en el caso de personas vulnerables, mujeres víctimas de trata y menores, o familias con menores a su cargo.

Numerosos internos de estos centros denuncian condiciones de hacinamiento, nula privacidad, malos tratos, insultos racistas, incluso palizas y violaciones. Así que parece claro que recurriendo a estas medidas alternativas al ingreso en los CIE se estarían respetando los derechos de miles de personas que viven en nuestro país y, además, ahorrándoles un sufrimiento innecesario.

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Como el de Fátima (nombre falso), quien llegó desde un país africano para conocer a su nieto recién nacido. Al salir de un supermercado la policía le pidió los papeles, la detuvieron y pasó tres días en una comisaría en los que no le permitieron recibir la visita de su hijo. Tras ser puesta en libertad le comunicaron que sería expulsada, y sin previo aviso fue internada en el CIE de Madrid donde permaneció 50 días.

En ese centro, relató a Amnistía Internacional “el horror” que sintió el día en que todo estaba dispuesto para su expulsión. Fue esposada, le ataron los abrazos y la cintura, y nadie le comunicó a donde se dirigían. En la escalera del avión un agente le dijo que regresaba a su país. Fátima rompió a llorar: ni siquiera había podido despedirse de su hijo y de su nieto. Cuando ya pensaba que sería devuelta a su país, la expulsión se detuvo, fue puesta en libertad, y puso reencontrarse con su familia.

Un reglamento insuficiente

Los CIE existen desde 1985 y han permanecido durante treinta años sin una legislación específica. En marzo de 2014, se aprobó el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los CIE, respondiendo así a una de las principales demandas de organizaciones de derechos humanos y defensa de las personas migrantes.

Sin embargo, la puesta en marcha de un reglamento desde luego no es suficiente garantía para las miles de personas que pasan cada año por los CIE. La aprobación de un Reglamento no quiere decir que se vaya a cumplir de forma categórica lo expuesto en el documento. El cumplimiento de una ley exige el compromiso por parte de las autoridades para que no quede en papel mojado. De hecho, la Ley de Extranjería, de rango superior a este Reglamento, ya recogía derechos de los internos que se han vulnerado.

Las autoridades deben garantizar el respeto de los derechos de los internos, llevar a cabo un refuerzo en las medidas para prevenir los posibles abusos policiales y garantizar unas condiciones dignas. Pero sobre todo optar por las múltiples alternativas que hay antes de ordenar un ingreso. Solo así España dejará de tener en los CIE ocho agujeros negros en el respeto de los derechos humanos.

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