Transparencia

¿Conseguirá la UE cercar a las agencias de rating?

Bruselas ha dado su aprobación final, por una amplísima mayoría, a una norma que aumenta el control sobre las agencias de calificación de riesgos cuando valoren la deuda soberana de los Estados miembros.

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17
enero
2013

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El pleno de la Eurocámara ha dado su aprobación final por una amplísima mayoría, a una norma cuyo objetivo es aumentar el control sobre las agencias de calificación de riesgos cuando valoren la deuda soberana de los Estados miembros.

Para evitar turbulencias en los mercados provocados por rebajas de nota inesperadas, la norma obliga a agencias de rating a publicar por adelantado un calendario anual con un máximo de tres fechas en las que tengan previsto anunciar sus calificaciones sobre deuda pública. Calificaciones que solo podrán anunciarse tras el cierre de bolsas de la UE en viernes y al menos una hora antes de su apertura.

Actualmente, la actuación es radicalmente distinta, ya que las agencias anuncian sus nuevas calificaciones pocos minutos antes del cierre de los mercados y en la víspera de eventos importantes para facilitar las operaciones especulativas de sus mejores clientes.

Además, los inversores y los Estados miembros deberán ser informados de los hechos y los supuestos en los que se basa cada calificación de deuda soberana.

“Las agencias de rating deberán ser más transparentes cuando evalúen a los Estados», ha celebrado el comisario de Servicios Financieros, Michel Barnier, tras conocer el resultado de la votación.

Los legisladores han descartado no obstante una de las ideas originales de Barnier, que era prohibir las calificaciones de los países que hayan sido rescatados. La UE también renuncia de momento a crear una agencia de calificación pública por considerar que sería demasiado cara y no tendría suficiente credibilidad, aunque la Comisión se compromete a volver a examinar esta cuestión en 2014.

Además, el nuevo reglamento estipula que las agencias de rating también serán responsables judicialmente de los perjuicios que puedan causar a los inversores por las valoraciones que hayan podido elaborar con graves negligencias o infringiendo intencionadamente la reglamentación europea.

También introduce reglas de rotación cada cuatro años, con el fin de aumentar la competencia, aunque éstas se limitan a instrumentos financieros complejos estructurados.

Con el objetivo de aportar independencia a las agencias de ‘rating’ y de reducir los conflictos de interés, la norma contempla limitaciones en el accionariado. Las agencias deberán informar cuando puntúen a una empresa que controla más del 5% de su accionariado y tendrán prohibido calificar a compañías que posean más del 10% de su capital. Los inversores tendrán prohibido controlar participaciones superiores al 5% en más de una agencia.

El nuevo reglamento reduce la dependencia respecto a las notas de las agencias de rating, ya que exige a las instituciones financieras que refuercen su propia evaluación de solvencia y no se fíen sólo de estas calificaciones. Las autoridades europeas de supervisión evitarán las referencias a estas notas y revisarán sus reglas internas para evitar cualquier referencia a las calificaciones que tenga efectos automáticos.

La norma ya ha sido pactada con los Gobiernos de los 27, así que cuando éstos la ratifiquen formalmente será de aplicación directa a los veinte días de su publicación en el diario oficial de la UE.

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