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El precio de la sobreexposición: cuando los hijos pasan factura

Hay una foto que muchos padres conocen bien: el primer día de cole. Ese momento que, con toda la ilusión del mundo, se sube a Instagram en cuestión de segundos. Lo que nadie pregunta —y debería— es si el protagonista de la imagen ha dado su permiso.

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06
abril
2026

Hay una foto que muchos padres conocen bien: el primer día de cole, mochila nueva, uniforme planchado, sonrisa forzada. Ese momento que, con toda la ilusión del mundo, se sube a Instagram en cuestión de segundos. Lo que nadie pregunta —y debería— es si el protagonista de la foto ha dado su permiso. Porque no lo ha dado. No puede. Aún no sabe ni leer.

Durante años hemos construido un relato cómodo: los padres que publican fotos de sus hijos son padres que los quieren y que comparten su alegría con el mundo. Nadie cuestionaba ese gesto. Era, sencillamente, lo que se hacía. Pero la primera generación de niños criados bajo los flashes de las redes sociales está cumpliendo 18 años. Y algunos de ellos tienen preguntas muy incómodas para sus progenitores. Y también, potencialmente, recursos legales para hacerlas valer.

Los datos más recientes obligan a ser honestos. Según el estudio de Parent Zone, un menor ya acumula cerca de 1.000 fotografías publicadas antes de cumplir los cinco años —unas 300 por año—, y ese ritmo no se detiene. Un estudio europeo publicado en el Journal of Pediatrics confirma que los padres comparten una media de 300 fotos e informaciones sensibles de sus hijos cada año. El 23% de los menores ya aparece en redes sociales antes de nacer, a través de ecografías compartidas con entusiasmo pero sin reflexión. Y en España, el 89% de las familias publica contenido sobre sus hijos sin solicitar su consentimiento ni tener plena conciencia de las implicaciones legales, según datos de la Fundación Safe Online.

Esto no es un problema de exceso de cariño. Es un problema de derechos fundamentales.

Desde mi perspectiva, lo primero que debo subrayar es algo que parece obvio pero que sistemáticamente se olvida: la patria potestad no es un cheque en blanco. Es lo que el Derecho denomina un munus, una carga funcional cuyo único propósito legítimo es el beneficio del hijo. No el entretenimiento de los seguidores. No la construcción de una comunidad online. No el negocio.

El 23% de los menores ya aparece en redes sociales antes de nacer, a través de ecografías compartidas con entusiasmo pero sin reflexión

El Tribunal Supremo es claro al respecto: el interés superior del menor prevalece sobre la libertad de expresión de los padres. Y la Ley Orgánica 3/2018 establece en su artículo 7 que a los 14 años —la denominada «mayoría de edad digital»— la negativa del menor a que se publiquen sus imágenes es absoluta. No negociable. No matizable por el entusiasmo paternal.

Cuando esos menores alcanzan la mayoría de edad, disponen de herramientas legales reales: el derecho al olvido, la revocación del consentimiento y la posibilidad de exigir la eliminación de su rastro digital tanto a sus progenitores como a las plataformas que lo han almacenado y, en muchos casos, monetizado.

El escenario se agrava cuando ha habido negocio de por medio. Si el menor fue kidfluencer, si generó ingresos con su imagen y esos ingresos fueron administrados por sus padres sin las garantías debidas, podríamos estar ante una posible administración desleal y/o relaciones laborales encubiertas que el Estatuto de los Trabajadores puede llegar a amparar.

El Real Decreto 444/2024 reguló a los influencers, aunque protege más al espectador que al propio menor. La ley francesa de 2024 va más lejos y permite incluso la delegación forzosa de la autoridad parental cuando se constata un abuso sistemático de la imagen del hijo. España no ha llegado aún a ese punto. La pregunta no es si llegará, sino cuándo.

Más allá del plano jurídico —que ya es serio de por sí—, existe una dimensión tecnológica que los padres raramente consideran cuando pulsan «publicar». Cada imagen con uniforme escolar es un dato de geolocalización. Cada vídeo contiene material susceptible de ser procesado por algoritmos de clonación biométrica. Cada foto de rutina es un manual de ingeniería social para quien quiera perfilar la vida de ese menor.

Cada foto de rutina es un manual de ingeniería social para quien quiera perfilar la vida de ese menor

La Inteligencia Artificial hace posible hoy lo que hace diez años era guion de thriller: clonar la voz de un niño a partir de audios familiares para ejecutar estafas. La huella digital que los padres construyen en nombre de sus hijos no desaparece con el tiempo. Se acumula. Se indexa. Y puede ser utilizada en su contra durante décadas, incluido el momento en que ese joven solicite su primer empleo.

Las pautas de «higiene digital» que propongo son sencillas pero necesarias: consenso entre ambos progenitores antes de publicar cualquier imagen del menor; anonimización mediante emoticonos o pixelado, especialmente en situaciones de vulnerabilidad —baño, llanto, enfermedad—; y perfiles configurados en privado, limitando el acceso a círculos familiares íntimos.

Son medidas razonables. Pero su aplicación masiva no vendrá de la ley sola. Vendrá de un cambio cultural que todavía está pendiente. Necesitamos normalizar una pregunta que parece sencilla y no lo es: ¿querría mi hijo que se publicara esto? No cuando tenga 18 años y pueda reclamar, sino ahora.

El amor que mueve a un padre a compartir los primeros pasos de su bebé es el mismo amor que debería moverle a proteger su privacidad, su identidad y su futuro. La era digital nos ha dado herramientas extraordinarias para conectar y compartir. Pero también nos ha entregado una responsabilidad que muchos todavía evitan asumir: la vida de nuestros hijos no nos pertenece para contarla.

Y la ley, tarde o temprano, siempre alcanza a quienes lo olvidan.


Francisco José Adán Castaño es doctor en Derecho y profesor de Derecho en Universidad Internacional de Valencia (VIU).

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