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Ethic para Airbnb
El diagnóstico del medio rural que plantea el informe El alquiler de corta duración como revitalizador de la España rural (Afi) no deja lugar a dudas: gran parte de estos municipios carece de oferta turística tradicional y su tejido económico es frágil (altas tasas de envejecimiento, dependencia de ayudas públicas, escasez de servicios). El gran cambio es que las viviendas destinadas a alquiler de corta duración están llegando allí donde los hoteles no llegan y, al hacerlo, generan flujo de visitantes y gasto en la economía local. Los cálculos de Afi apuntan a que los turistas alojados en alquileres vacacionales dejaron unos 3.200 millones en restauración, comercio y ocio en municipios de menos de 10.000 habitantes en 2024.
Este cambio de tendencia que vive el turismo en el entorno rural no se ve, sin embargo, acompañado por una evolución similar en lo que se refiere a la legislación. De hecho, en nuestro país no existe una ley estatal que regule las viviendas de uso turístico. La responsabilidad está en manos de las comunidades autónomas y, en muchos casos, también de los ayuntamientos, lo que da lugar a un mosaico normativo muy distinto según el lugar en el que nos encontremos. Así, unas zonas se verán más beneficiadas o perjudicadas que otras.
El turismo rural además tiene sus propias características, vinculadas al territorio en el que se desarrolla. Regular «como en la ciudad» no responde a esta nueva realidad y puede asfixiar una fuente de ingresos que hoy resulta vital para pueblos de 50, 150 o 900 habitantes.
Si España quiere diseñar un marco legal eficaz para regular este tipo de aljoamientos, puede empezar por mirar qué han hecho otros países cercanos. En Portugal, por ejemplo, el Alojamento Local obliga a registrar la actividad turística, pero permite que cada municipio pueda establecer medidas complementarias. Escocia también posee un régimen nacional de licencias que obliga a registrar los alojamientos turísticos y cumplir requisitos de seguridad, dejando a los ayuntamientos capacidad para aplicar condiciones locales. Otro caso es Irlanda, donde la normativa distingue entre viviendas habituales y segundas residencias, exigiendo permisos cuando se superan ciertos días de alquiler. Así se protege la vivienda y la convivencia.
Las diferencias entre entornos urbanos y rurales no responden solo a términos de densidad: afectan a la escala de la actividad, a la tipología de alojamiento (casas familiares amplias frente a estudios urbanos) y al papel del turismo en la economía local. En la mayor parte de los municipios muy rurales el porcentaje de viviendas destinadas a turismo es mínimo (por debajo del 0,6% del parque), de modo que la presión sobre el mercado residencial es muy distinta a la de las ciudades. Regular sin tener en cuenta estas diferencias puede penalizar la rehabilitación de viviendas vacías y la dinamización de negocios locales.
Si el objetivo es que el turismo rural sea sostenible y que sus beneficios se queden en el territorio, la receta debe combinar muy bien sus ingredientes: registro y estándares mínimos, flexibilidad normativa adaptada a la escala rural, protección ambiental y gestión de estacionalidad e incentivos para la integración con la economía local.
Las experiencias de otros países de nuestro entorno muestran que es posible regular sin estrangular: un marco nacional puede fijar estándares (seguridad, fiscalidad, registro) y a la vez permitir exenciones o procedimientos simplificados para municipios rurales con baja densidad y escasa oferta hotelera.
El turismo rural no pretende ser la solución a todos los desafíos de los pequeños municipios, pero sí puede ser uno de los motores que les devuelva su vitalidad: comercios con más clientes, artesanos con nuevos encargos y bares donde visitantes y vecinos compartan mesa y conversación.
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