Economía

Así será la nueva vida (laboral) de los ‘riders’: adiós a los falsos autónomos

La nueva ley de ‘riders’, aprobada en forma de decreto ley en el Consejo de Ministros, busca regular la situación laboral de hasta 20.000 repartidores en España mientras se da respuesta a los retos comprometidos con la Unión Europea en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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12
mayo
2021

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La tecnología lo ha cambiado todo: desde el trabajo hasta la educación, pasando por la forma en la que consumimos. Conseguir comida, ropa o cualquier producto que se nos pase por la cabeza a golpe de ‘clic’ cada vez es más sencillo, y todo gracias a las plataformas digitales que, en forma de aplicación móvil, ponen el mundo al alcance de nuestras manos. Pero esa sociedad del aquí y ahora que se ha desarrollado en torno a este nuevo modelo de consumo ha generado en los últimos años un concepto que evoluciona a partir de los repartidores de toda la vida: los riders. Una nueva profesión que, en la mayoría de casos, está marcada por la precariedad laboral, las jornadas interminables y la falta de garantías.

Tras la reprimenda que la Comisión Europea lanzó en febrero a los estados miembro por la falta de regulación de los trabajadores de plataformas digitales, España pisa el acelerador aprobando en el Consejo de Ministros de este martes la denominada ‘ley de riders’. Con este nuevo decreto ley, que llevaba dando tumbos desde enero de 2020, nuestro país pretende decir adiós a los falsos autónomos en plataformas como Deliveroo, Glovo, Stuart o Uber Eats. La vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, abandera esta nueva normativa, fruto del diálogo entre Gobierno, patronal y sindicatos, que no ha estado exenta de críticas y escepticismo desde sus primeros borradores. Sin embargo, el texto publicado en el BOE recuerda que esta regulación es necesaria para cumplir los compromisos adquiridos con la Unión Europea con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con este nuevo decreto ley, España dice adiós a los falsos autónomos en plataformas digitales

Desde Trabajo prevén que el Real Decreto Ley para la Garantía de los Derechos Laborales de las Personas Dedicadas al Reparto en el Ámbito de Plataformas Digitales dé cobertura a cerca de 20.000 repartidores en nuestro país que, hasta ahora, no tenían una verdadera relación laboral con las empresas empleadoras. La nueva norma sigue la estela de la sentencia del Tribunal Supremo que declaraba «la existencia de la relación laboral entre Glovo y un repartidor que había llevado a la empresa a juicio».

Una simple modificación que lo cambia todo

El nuevo texto, en realidad, solo consta de dos puntos que modifican sustancialmente la Ley del Estatuto de los Trabajadores: el artículo 64 pasa a incluir la «presunción de laboralidad de las actividades de reparto a través de la gestión algorítmica del servicio o el uso de aplicaciones informáticas». Es decir, los riders se convierten en empleados y, por tanto, las empresas deben regularizar su situación laboral. Además, el decreto ley obliga a las compañías a informar a sus empleados de «los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles».

La ley de ‘riders’ dará cobertura a cerca de 20.000 repartidores en nuestro país

El decreto ley no afecta por igual a todos: mientras cualquier trabajador se verá beneficiado por la regulación relativa a los algoritmos, serán los repartidores de plataformas de entregas a domicilio los que, a la hora de la verdad, salgan ganando: todas las empresas digitales pasan a estar obligadas a dar de alta en la Seguridad Social y cotizar por sus repartidores. De esta manera se pretende acabar con la precariedad que se ha instalado en el sector de los riders y proveerles de los derechos (y deberes) que tendría cualquier trabajador: prestación de desempleo o incapacidad, vacaciones pagadas, bajas o descansos, entre otros.

El decreto ley da de margen tres meses para que la nueva norma se incorpore de lleno en todas las empresas susceptibles de aplicación: cuando entre en vigor el próximo 12 de agosto, estas plataformas deberán estar preparadas para la nueva situación. Desde el Ministerio de Trabajo aseguran que este es el primer paso para acabar con la precariedad y los abusos laborales en sectores que van más allá de las nuevas empresas digitales. Parece que la cruzada contra los falsos autónomos no ha hecho más que comenzar.

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